Criterios para la elaboración y presentación homogénea de la información financiera y de los formatos a que hace referencia la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de octubre de 2016
Última reforma publicada DOF 27-09-2018
Objeto
1. Establecer los criterios para la presentación homogénea de la información financiera, así como la
estructura y contenido de los formatos que permitirán presentar la información para dar cumplimiento
a la LDF.
En cumplimiento de las obligaciones previstas en la LDF, se pondrán a disposición los formatos para
su observancia, mismos que serán elaborados directamente por los Entes Públicos.
Ámbito de aplicación
2. Las presentes disposiciones son de observancia obligatoria para los entes públicos de las Entidades
Federativas y los Municipios, incluyendo los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los organismos
autónomos de las Entidades Federativas; los Municipios; los organismos descentralizados, empresas
de participación estatal mayoritaria y fideicomisos de las Entidades Federativas y los Municipios, así
como cualquier otro ente sobre el que las Entidades Federativas y los Municipios tengan control
sobre sus decisiones o acciones. En el caso de la Ciudad de México, el Poder Ejecutivo incluye
adicionalmente a sus alcaldías. La información financiera de los presentes Criterios se considera
adicional de la información financiera periódica y cuenta pública anual que se entrega a la entidad de
fiscalización o congreso local.
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