| Documento que presentaban las y los ciudadanos para solicitar permiso a las cámaras del Congreso de la Unión, a fin de poder aceptar y usar condecoraciones o distinciones que les son otorgadas por parte de un gobierno extranjero. Desde el 30 de septiembre de 2013 la Constitución Política señala que la ciudadanía mexicana se pierde por aceptar o usar condecoraciones extranjeras sin permiso del Ejecutivo Federal, por lo que esta solicitud ya no es responsabilidad del Poder Legislativo. Están exceptuados de solicitar permiso para aceptar y usar condecoraciones extranjeras el Presidente de la República, los legisladores federales y a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. |
| Fuente(s):Art. 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Arts. 163, 167, 231 del Reglamento del Senado de la República. |
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