Se refiere a la forma de gobierno que constituye una aplicación deforme y excesiva del régimen parlamentario. De la misma forma en que el aspecto exacerbado y predominante de la institución presidencial puede derivar en presidencialismo, en un régimen presidencial; el Parlamentarismo implica la concentración de poder por parte del parlamento, haciendo a un lado al resto de los órganos del Estado y el equilibrio de poderes entre éstos.

El Parlamentarismo aparece en el siglo XIX en Europa, en países como Inglaterra, Italia, Holanda, Bélgica y Francia. Autores como Carl Schmitt cuestionaron el Parlamentarismo dado que a su juicio el excesivo dominio del parlamento sobre el gobierno provoca inestabilidad y la imposibilidad de gobernar armónicamente las funciones administrativa y legislativa.

Giovanni Sartori menciona tres variedades principales de sistemas parlamentarios: a) el sistema de primer ministro o de gabinete, del tipo inglés en el que el Ejecutivo prevalece sobre el Parlamento; b) el tipo francés, de gobierno por asamblea; y, c) la fórmula parlamentaria, en la que los partidos políticos son los que controlan.
 
 Fuente(s):Berlín Valenzuela, Francisco. Diccionario Universal de Términos Parlamentarios, Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, México, 1997, p.493-494.Bobbio, Norberto. Diccionario de política, 13° edición, 2 tomos, Ed. Siglo XXI, México, 2002. Pp. 1122- 1134.Sartori, Giovanni. Ingeniería Constitucional Comparada, México, FCE, 1997.Schmitt, Carl. Teoría de la Constitución, Alianza Universidad Textos, Madrid, 1992.Sobre el parlamentarismo, Tecnos, Madrid, 1990.