Regla de conducta dictada o promulgada por un poder legítimo para regular la conducta humana por medio de una prescripción, autorización o prohibición. Presupone que su incumplimiento genera una sanción coercitiva. La característica de este tipo de normas, a diferencia de las morales, es que pertenecen a un sistema jurídico y, por ende, tienen validez jurídica. Pueden ser generales y particulares. Las primeras establecen exigencias para todos los miembros de una clase de individuos; las segundas establecen normas para un individuo determinado. La norma jurídica (NJ) se compone de dos elementos: 1) el supuesto de hecho, que es una anticipación hipotética a una posible realidad futura que requiere ser regulada; y, 2) la consecuencia jurídica, que es el acto resultante de aquellas situaciones jurídicas reconocidas por las normas cuando se llevan a cabo los supuestos contemplados en el supuesto de hecho. Kelsen menciona que la NJ no sólo tiene aplicación en cuanto es ejecutada por un órgano u obedecida por los particulares, sino cuando sirve de base para establecer un juicio sobre la legalidad del actuar de ambos. La NJ ostenta diversos sentidos: i) como documento normativo o disposición dotada de autoridad; ii) como costumbre jurídica o prácticas sociales que incorporan una actitud normativa; iii) como unidad abstracta del discurso jurídico utilizado por los juristas; iv) como premisa de un razonamiento jurídico acabado, que sirve para la resolución de un caso; y, v) como norma implícita. Para el derecho parlamentario la norma es un elemento jurídico fundamental, ya que una de las tareas del parlamento es crear, derogar o modificar las normas que componen una ley. |
Fuente(s):Berlín Valenzuela, Francisco. Diccionario Universal de Términos Parlamentarios. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, México, 1997, P. 460.García Máynez, Eduardo. Introducción al Estudio del Derecho. Porrúa, México, 1985.O. Nava Gomar, Salvador (Coord.). Manual de Técnica Legislativa. Tomo I, Konrad Adenauer Stiftung, México, 2004, Pp. 367 – 368.Sieckmann Jan. “Norma Jurídica” en Fabra Zamora, José Luis y Núñez Vaquero, Álvaro (Coords). Enciclopedia de Filosofía y Teoría del Derecho. IIJ-UNAM, México, 2015. Pp. 895 – 945. |
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