Distinción que la Cámara de Diputados otorga al ciudadano o ciudadana cuyos actos cívicos o políticos se distingan por servir a la colectividad nacional, a la República y a la humanidad, destacando por sus hechos cívicos, políticos o legislativos. Al iniciar la legislatura la convocatoria se publicará en el mes de septiembre y el otorgamiento de la Medalla se realizará en sesión solemne a más tardar en el mes de diciembre. En los siguientes dos años de ejercicio se entregará en el segundo periodo ordinario de sesiones, durante el mes de octubre, preferentemente el día 9 del mes. La Cámara de Diputados entregará a la persona que resulte galardonada una suma de dinero junto con la Medalla, que será equivalente a tres veces la dieta mensual de un ciudadano diputado. Los plazos para la recepción de candidaturas, serán los siguientes: al iniciar la legislatura comprenderá los meses de octubre y noviembre; y para el segundo y tercer año de ejercicio el plazo abarcará los meses de abril a septiembre. |
Fuente(s):Reglamento de la Medalla al Mérito Cívico «Eduardo Neri, Legisladores de 1913». |
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