Procedimiento de ordenación del poder de autoridad que busca el equilibrio y armonía de fuerzas mediante una serie de pesos y contrapesos. La división tradicional se ha basado en la existencia de tres poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, que se justifican por necesidades funcionales y de mutuo control. Además, en los sistemas democráticos se concibe como un complemento a la regla de la mayoría, ya que gracias a él se protegen mejor las libertades individuales. Los formuladores de la teoría de la división de poderes son John Locke y Charles Louis de Secondat (Montesquieu). Ambos parten de la necesidad de que las decisiones no deben concentrarse, por lo que los órganos del poder han de autocontrolarse a través de un sistema de contrapesos y equilibrios.
 
 Fuente(s):Carpizo, Jorge, El Presidencialismo en México, 1994Art. 49 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanoshttp://www.proyectosfindecarrera.com/pro-definicion-de-division-de-poderes.htm