| Acuerdo de la Cámara para exentar de todos los trámites internos a un asunto considerado de urgente resolución y que, en la misma sesión que es presentado, se somete a la consideración del Pleno para su análisis, discusión, votación y probable aprobación. El Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos establece que ningún proyecto o proposición podrá discutirse sin que primero pase a la comisión o comisiones correspondientes y éstas hayan dictaminado, salvo que exista un acuerdo expreso de la cámara para dispensarle los trámites. |
| Fuente(s):Arts. 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. |
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